Circular 0057, Recomendaciones para la modificación operativa de los servicios ambulatorios en el marco de la emergencia por COVID-19

La Secretaria Distrital del Salud de Bogotá, expedido la Circular 0057, en el que se describe las acciones a seguir en la prestación de servicios de salud para disminuir el impacto en la población, priorizando las acciones para prevenir el aumento de los casos por COVID-19.

La circular define las siguientes recomendaciones:

  1. Garantizar de manera obligatorio todos los protocolos de bioseguridad:
  • Higiene de manos: Lavado con agua y jabón y preparados con base de alcohol.
  • Educación al paciente sobre la higiene respiratoria
  • Distanciamiento social, 2 metros de distancia
  • Uso de elementos de protección individual
  • Limpieza y desinfección de equipos y áreas
  • Restricción de acompañante: Permitir solo en caso de estricta necesidad
  1. Se debe mantener la atención en salud de a las cohortes priorizadas para garantizar la continuidad de los tratamientos y evitar que los pacientes presenten complicaciones, en especial los pacientes con patologías crónicas.
  2. Se debe priorizar la atención de consulta externa mediante la modalidad de Telemedicina (tele orientación) y modalidad domiciliaria en población de alto riesgo.
  3. No se debe agendar consultas a usuarios mayores de 60 años, solo se les debe asignar consulta y se debe mantener la atención mediante el uso de la modalidad domiciliaria o telemedicina.
  4. Servicios odontológicos: Se recomienda garantizar la atención de emergencias y urgencias odontológicas (eventos dolorosos, inflamatorios y traumáticos) así como procedimientos prioritarios que en caso de no efectuarlos o no continuar con los tratamientos, conlleve a la afectación funcional del sistema estomatognático y ponga en riesgo la salud del paciente.